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title: "Viale  :  Concurso Cerrado cargo Secretario del Honorable Consejo Deliberante"
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description: "Teniendo  en cuenta que el cargo de Secretario del Honorable Concejo Deliberante se encuentra vacante, y es necesario cubrir dicha vacante con personal especializado en virtud de las características del cargo desde la comuna  se publicó el Decreto 201/26"
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# Viale  :  Concurso Cerrado cargo Secretario del Honorable Consejo Deliberante

D E C R E T O Nº 210/26  
Viale, 28 de Mayo de 2.026  
VISTO:  
La Ley Provincial Nº 9.755 del Estatuto del Empleado Público, el artículo 42 de  
la Constitución de la Provincia de Entre Ríos, los artículos 14 y 16 de la Constitución  
Nacional, los artículos 81º siguientes y concordantes de la Ley Provincial Nº 10.027  
Orgánica de Municipios, y las ordenanzas concordantes del Concejo Deliberante, y:  
**CONSIDERANDO**:  
Que el cargo de Secretario del Honorable Concejo Deliberante se encuentra  
vacante, y es necesario cubrir dicha vacante con personal especializado en virtud de las  
características del cargo. El cargo indicado deberá ser cubierto por personal idóneo que  
sea seleccionado del personal Municipal mediante los mecanismos de selección  
previstos en la ley;  
Que se buscará que la persona elegida cumpla acabadamente con las  
cualidades y condiciones para el correcto desenvolvimiento de sus tareas, atento a que  
es necesario brindar una atención permanente y exclusiva en los asuntos del  
Departamento deliberativo municipal, y además estabilidad a quién ocupe dicho cargo  
en el ejercicio de la gestión;  
Que mediante Ordenanza H.C.D. Nº 1405/12 se estableció un mecanismo de  
selección de personal de Planta Permanente previendo, en su artículo 4º que será la  
comisión para el ingreso del Personal con Estabilidad la que determine el procedimiento  
de selección o concurso;  
Que de conformidad a las facultades otorgadas por el artículo 107 inc. h) e i) de  
la Ley Provincial Nº 10.027 Orgánica de Municipios, se torna ajustado a toda lógica  
jurídica que el Poder Ejecutivo Municipal determine los aspectos técnicos requeridos por  
la administración para ser cubiertos mediante el cargo de que se trata;  
Que por tanto de conformidad a las facultades otorgadas se hace necesario  
dictar la norma legal que disponga la apertura y condiciones del concurso;  
**POR ELLO:**  
**EL PRESIDENTE DEL MUNICIPIO DE VIALE**  
**DECRETA**

ARTICULO 1º) La apertura de un Concurso Cerrado de antecedentes y oposición de  
conformidad a lo normado por los artículos 1º), 4º) y concordantes de la Ordenanza Nº  
1405/12 del Honorable Concejo Deliberante de la Ciudad de Viale, el Decreto D.E.M. Nº  
612/18; artículos 1º, 4º, 5º, 8º y concordantes de la Ley Provincial Nº 9.755, y por los  
artículos 42 de la Constitución de la Provincia de Entre Ríos y artículos 14 y 16 de la  
Constitución Nacional, a fin de cubrir el cargo de Secretario del Honorable Concejo  
Deliberante de la Municipalidad de Viale. El ingreso del personal comprendido dentro  
del régimen de estabilidad, se efectuará por el mecanismo de selección que se  
establezca en la reglamentación dictada por el Poder Ejecutivo, asegurando el principio  
de igualdad en el acceso de la función pública y en la medida que existan cargos  
vacantes al momento de su ingreso contemplado por la Ley de Presupuesto.-  
ARTICULO 2º) La apertura del registro de Aspirantes a cubrir dicho cargo de  
conformidad a lo normado en el artículo 1º) de la Ordenanza H.C.D. Nº 1405/12,  
quedará abierto durante DIEZ (10) días hábiles contados a partir de la última publicación  
del presente y funcionara en el ámbito de la Secretaria de Gobierno del Poder Ejecutivo  
Municipal. Si vencido el plazo de inscripción no resultare ningún inscripto o los  
postulantes no alcanzaren la puntuación mínima requerida en la convocatoria se  
declarará abierto el concurso para el resto de la administración. Si aún así no resultare  
ningún inscripto o los postulantes no alcanzaran la puntuación mínima requerida en la  
convocatoria y exista la posibilidad de cubrir la vacante, se podrá declarar el concurso  
abierto a la comunidad en general, debiendo cumplir al momento de la presentación lo  
normado y exigido por las ordenanzas sobre la materia.-  
ARTICULO 3º) Publicar la apertura del Concurso para cubrir el cargo indicado y del  
consecuente Registro de Aspirantes en el Boletín Oficial Municipal, en las páginas web  
de Nueva Zona y Micrófono Digital, durante TRES (3) días hábiles, haciendo saber que  
dicho registro se encontrara abierto en la Secretaría de Gobierno en la sede del Palacio  
Municipal en el horario de atención administrativa, debiendo integrarse la publicación  
con el Anexo I que forma parte integrante del presente decreto.-  
ARTICULO 4º) Remitir Copia del presente a la Comisión para el ingreso del personal con  
estabilidad a fin de que intervenga en el presente de conformidad con lo normado en la  
Ordenanza H.C.D. Nº 1405/12 y considerando los requisitos establecidos en el Anexo I  
del presente. La misma estará conformada por dos (02) representantes del Poder  
Ejecutivo, dos (02) concejales, uno por el oficialismo y uno por la oposición, y un (01)  
representante de UPCN. Además el área de recursos humanos deberá notificar de la  
presente a la repartición que requiera cubrir el cargo vacante.-  
ARTICULO 5º) Refrendar por el Señor Secretario de Gobierno, Téc. Albano Salcedo.-  
ARTICULO 6º) Registrar, comunicar, publicar y, oportunamente, archivar.-

ANEXO I  
Características o funciones del cargo a cubrir:  
Son competencia del Secretario del Honorable Concejo Deliberante, las siguientes:  
 Será el funcionario administrativo y parlamentario responsable de organizar las  
sesiones, custodiar la documentación (actas, proyectos, ordenanzas) y asistir a la  
presidencia.  
 Actuará como jefe administrativo de los empleados del cuerpo, gestionará  
recursos humanos y técnicos, y notificará a los concejales sobre el orden del día.  
Funciones y Responsabilidades Principales:  
Apoyo Parlamentario: Asistir al Presidente del Concejo en el desarrollo de las sesiones  
Gestión Documental: Confeccionar y actualizar el Libro de Actas de Sesiones  
(ordinarias, extraordinarias y privadas)  
Archivo y Custodia: Archivar, conservar y custodiar los expedientes, proyectos,  
ordenanzas, resoluciones y el digesto de normas municipales.  
Notificaciones: Comunicar a los concejales y al Departamento Ejecutivo el Orden del  
Día, la convocatoria a sesiones y sus respectivas copias.  
Administración: Dirigir la administración de los recursos humanos y físicos de la  
Secretaría del Concejo.  
Dependencia y Remoción: El secretario depende directamente de la Presidencia del  
Honorable Concejo Deliberante y es designado o removido por el cuerpo legislativo.-  
Antecedentes:  
Los postulantes deberán presentar la documentación que acredite sus datos personales  
y su capacitación profesional, concurriendo con copias certificadas ante el Juzgado de  
Paz o Escribano Público, las que acompañará en sobre abierto, en cuya cubierta deberá  
consignar la vacante para la que se postula, el Decreto D.E.M., que la convoca, el nombre  
y apellido del aspirante y la cantidad de fojas que acompaña. Una vez certificada, por el  
personal administrativo designado para la recepción de dicha documental, se cerrará y  
firmará el sobre por el interesado debiendo emitirse al mismo una constancia de  
inscripción.-  
Documentación a presentar:  
1- De carácter personal: D.N.I., libreta de familia si correspondiere, Certificado de  
Reincidencia.  
2- De capacitación profesional: Toda documentación respaldatoria del grado de  
educación que alegare tener (título de educación primaria, secundaria, terciaria o título  
universitario) y asimismo de todo curso, seminario, taller en el que hubiera participado,  
certificación de idiomas, y experiencia laboral que pudiere acreditar. Se exigirá además el  
título de abogado con carácter previo y eliminatorio.  
Se expedirá asimismo por el Área de Recursos Humanos, una copia de su legajo  
personal del postulante, donde se dejará constancia de que el mismo se ha examinado y  
cuáles son sus constancias con indicación de Folio respectivo, incluyendo inasistencias

reconocimientos, sanciones y toda otra información que pueda ser considerada  
relevante. A los fines de valorar el desempeño laboral de los concursantes deberá  
contemplarse el puntaje del agente, con un criterio objetivo.  
Certificado de buena salud expedido por el Hospital Castilla Mira.-  
3- Entrevista personal:  
El concursante admitido de manera preliminar por la Comisión fijada para el Ingreso del  
Personal con Estabilidad, deberá presentarse a una entrevista personal, la que se  
realizará en día y horario a confirmar. La misma se puntuará del 1 al 10.  
Además del puntaje especifico, que resulte de la entrevista personal, se otorgará una  
prioridad a la persona oriunda y con residencia en nuestra ciudad, en su defecto quien  
acredite residencia continua e ininterrumpida mínima por los últimos CINCO (05) años  
en nuestra ciudad, y luego a los demás postulantes.-  
Así también tendrá prioridad aquella que acredite mayor experiencia dentro del  
municipio, no solo numérica sino específica en la materia.-  
4- Requisitos técnicos: La vacante deberá ser cubierta por quién detente:  
 Título universitario, acorde al cargo a cubrir, otorgado por Universidad  
Nacional o Extranjera, con Título habilitante por el Ministerio de Educación de la Nación  
Argentina…………………………………………………………………………………………………………….20 puntos  
 Título de Posgrado en el área pertinente………..……………………………………10 puntos  
 Master…………………………………………………………………………………………………..10 puntos  
 Integrante en proyectos de investigación……….....………………………………….5 puntos  
 Cursos dictados con validez oficial……………………………..………………………….2 puntos  
 Cursos dictados sin validez o reconocimiento oficial………..………………….0,5puntos  
 Cursos como participante y con evaluación………………..………………………..0,5puntos  
 Seminarios…………………………………………………………………………………………….0,5puntos  
 Cursos como simple participante……...………………………………………………….0,5puntos  
 Talleres…………………………………………………………………………………………………0,2 puntos  
 Idiomas con certificación en Instituciones Reconocidas….………………………1 punto  
 Idiomas con certificación en Instituciones privadas…………………..…………0,5puntos  
 Experiencia laboral en Administración pública, nacional provincial o municipal,  
en el área pertinente que se cursa o afín:  
* Hasta 5 años………………………………………………………………………...…..10 puntos  
* Mayor a 5 años………………………………………………………………………...20 puntos  
 Experiencia laboral en el ámbito privado en el área pertinente al cargo que se  
concursa o afín………………...……………………………………………………………………………………3 puntos  
 Otros antecedentes no enumerados…..…………………………………………….0,5 puntos.-  
5- Cotejo de Legajos:  
Posteriormente a superar todas las instancias previstas, se realizara un cotejo de legajos  
entre aquellos que hayan obtenido las tres (3) primeras calificaciones entre los puntos A  
y B del presente, poniéndose a consideración de la Comisión Examinadora y del Señor  
Presidente Municipal para la selección del postulante con más idoneidad para ocupar el  
cargo propuesto.-

Téc. Albano Salcedo Carlos Alberto Weiss  
Secretario de Gobierno Presidente Municipal  
Municipio de Viale Municipio de Viale

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