Esto significa que a partir de esta fecha los controles en el ingreso serán eventuales e intermitentes.

La medida se fundamenta, entre otras cuestiones, en garantizar la libertad de circulación intradepartamental (sin Certificado de Circulación Nacional), estipulada en el Decreto Nacional de Necesidad y urgencia N°754/2020, en aquellas jurisdicciones -como Entre Ríos- que estén en fase de Distanciamiento Social, Preventivo y Obligatorio. Invitamos a los vecinos a seguir actuando con responsabilidad individual, adoptando las medidas de distanciamiento y a usar los elementos de protección necesarios para prevenir el contagio.